En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil METANOL DE ORIENTE, METOR, S.A. contra la Resolución GRTI/RNO/DR-N°000067/99, de fecha 07 de julio de 1999, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se le modifica el reintegro y se rechaza la cantidad de VEINTE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRECE BOLIVARES CON OCHO CENTIMOS (Bs. 20.781.013,08), por concepto de créditos fiscales por recuperación del Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor por la actividad de exportación, correspondiente al período impositivo de abril de 1997.