Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Segundo de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de apelación interpuesto por las abogadas MARIA PATRICIA JIMENEZ y VALENTINA ALBARRAN, inscritas en el IPSA bajo los Nº 195.194 y 178.146 respectivamente, en su carácter de Apoderadas judiciales de la parte actora, contra la decisión de fecha 25-06-2015, emanada del Juzgado 7º de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se Confirma el fallo apelado.