este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo, dicta el dispositivo del fallo en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA ACCION incoada por la ciudadana IRINA JOSE BELLO CAZORLA contra CERVECERIA RESTAURANT LAS TRES ESTRELLAS, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas a la parte actora, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo, téngase la presente acta como cuerpo integro de la sentencia por cuanto las mismas llena los requisitos establecidos en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano. Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal.