Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO en base al Artículo 185-A de los ciudadanos BERNARDINA HERRERA DE ARBELO y RUBEN ARBELO FERNANDEZ, ambos suficientemente identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo que los une en virtud del matrimonio efectuado en fecha 23 de marzo de 1971, por ante el Jefe Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha 23 de marzo de 1971, Acta Nº 147, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil.