Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- PROCEDENTE, el amparo cautelar solicitado y en consecuencia:
1.1.- Se suspenden de manera provisional los efectos de los actos administrativos, contenidos en la Resolución 157/2011, publicada en la Gaceta Municipal año 29 Nº Extraordinario 13/12, de fecha 16 de diciembre de 2011 y el acuerdo del Concejo Municipal del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda de fecha 07 de diciembre de 2011, Acuerdo SM-165/2011, hasta tanto sea decidido el fondo de la presente causa.
1.2.- Se ordena permitir el libre tránsito a la línea de taxi Cooperativa Águilas Los Salias, en los términos contenidos en los actos administrativos identificados, el primero, A-332.S.2011 de fecha 08 de noviembre de 2011, emanado por el Alcalde del Municipio Los Salias y el segundo, 00050 de fecha .....