Vista la presente Transacción y sus recaudos, presentados en fecha 22-01-2013, por ante este Tribunal Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y las Trabajadoras y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así visto el escrito de transacción presentado por la parte actora LUCAS GUILLERMO GUTIERREZ RODRIGUEZ, acompañado de su apoderado abogado YULY SANCHEZ, IPSA Nº 41.750, y firmado por el representante legal de la demandada GUARDIANES GUARFECA, C.A., Abogada YANET BARTOLOTTA, IPSA N° 35.533, mediante la cual la demandada paga al demandante a su cabal y entera satisfacción la suma señalada de CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs.F.40.000,00), que fueron cancelados mediante cheque del Banco Corp Banca, Nº 83012736, de fecha 17-01-2013, a nombre del trabajador, con lo que se dará por terminado.....