DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto (6°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 22 de febrero de 2022, por la abogada Carmen, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano FLORENCIO ERNESTO LÓPEZ AGUILAR; contra la sentencia de fecha 17 de febrero de 2022, dictada por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado con diferente motiva; TERCERO: SIN LUGAR la demanda en nulidad del acto administrativo interpuesto por el ciudadano FLORENCIO ERNESTO LÓPEZ AGUILAR, contra la Providencia Administrativa N° 00075-19, de fecha 13 de mayo de 2019, que guarda relación en el expediente admin.....