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DECISIÓN
En virtud de las razones expuestas anteriormente el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas (En transición), en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, en los mismos términos en ella establecidos, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, suscrita por las partes con ocasión a la solicitud que por EJECUCIÒN DE HIPOTECA, sigue MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, (antes denominada: BANCO MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL), contra la ciudadana ROSARIO ESTE GOMEZ DE URBANO, y la sociedad mercantil CORPORACIÒN E Y P, C.A., todos identificados en autos.
Como consecuencia de la anterior decisión se SUSPENDE la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha Veinticinco (25) de Septiembre de 2.003, y participada al Registro Subalterno del Municipio Autónomo Mariño d.....