En el día 01/07/2010, esta Sala de Juicio dictó sentencia mediante la cual declaró EXTINGUIDA la solicitud que por AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRAR, incoada por la ciudadana MARGARITA SOTO DE ALFONZO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-3.550.122, a favor del ciudadano WILMEN ANTONY ALFONZO SOTO, titular de la cédula de identidad N° V-18.364.851, quien para la época de la solicitud era adolescente, y se da por terminado. En tal sentido, se ordena el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto, una vez se encuentre definitivamente firme el presente fallo.