Declarada Prescrita La Obligación Tributaria exigida por la Administración Tributaria Nacional a la Contribuyente COMUNIDAD GUSTAVO Y JORGE NEVETT, C.A, dado que desde la paralización de la causa, fecha en que se efectuó el último acto de procedimiento, hasta el día de hoy, ha transcurrido sobradamente el lapso previsto en los Artículos 94 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta de 1961 y 147 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta de 1966.