En merito de lo anterior, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de la demanda de contenido patrimonial interpuesta por los abogados PEDRO RODRÍGUEZ GARCÍA y YAINA A. DÁVILA RODRÍGUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 63.150 y 138.528, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad de Capital de Riesgos Venezuela, C.A. "SCR", contra el ciudadano RAÚL MIGUEL HIDALGO GUZMÁN.