Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente acción autónoma de amparo constitucional ejercida por la sociedad mercantil HAMILTON FASHION, C.A., "en contra de actos administrativos violatorios y viciados de nulidad absoluta", esto es, la "Providencia SATDC-DS-OE-2018-0099 de fecha 20/09/2018" y "Acta de Verificación N° SATDC-IIF-AV-OE-2018 de fecha 20 de septiembre de 2018", dictadas por el Servicio de Administración Tributaria del Distrito Capital (SATDC); de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 5° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.