DISPOSITIVA.-
Con mérito a todos los razonamientos de hechos y de Derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO (5°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales incoada por el ciudadano DIONY ARMANDO IZAGUIRRE ADRAZ contra la EMPRESA DE INSPECCION Y CONTROL DE VENEZUELA, ambas partes suficientemente identificados. Se declara procedente el pago de los conceptos de vacaciones fraccionadas, intereses de mora e indexación. SEGUNDO: NO HAY CONDENA EN COSTAS de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente s.....