declara DESISTIDO, el recurso de nulidad interpuesto por la abogada ZOLANGE GONZÁLEZ COLÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.564, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil GUARDERÍA PREESCOLAR ALEJO FORTIQUE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil II, bajo el Nro. 07, Tomo 32-A-Sgdo., de fecha 26-07-94, contra la Providencia Administrativa Nro. 598-05, de fecha 06 de julio de 2005, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador.