Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 29 de julio de 2025, el primero por el abogado MIGUEL ÁNGEL DÍAZ CARRERAS, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte codemandada, ciudadano VICENTE JOSÉ PUPPIO ZINGG, contra de la decisión dictada en fecha 25 de julio de 2025, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 29 de julio de 2025, por la abogada MARIONZ AINAGAS, en su carácter de apoderada judicial de la parte codemandada, ciudadano JERÓNIMO IGNACIO PUPPIO ZINGG, contra de la decisión dictada en fecha 25 d.....