VI
DISPOSITIVA
Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en las precedentes consideraciones y artículos 2, 23, 26 y 253 Constitucionales, 13 y 22 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 601 y 602 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ABSUELVE al acusado (SE OMITE IDENTIDAD ART. 65 LOPNA), venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 18.934.817, nacido en Caracas, el 12-09-88, hoy con 18 años de edad, soltero, residenciado en Calle Bruzual, La 18, frente al Centro Comercial el Valle, casa Nº 82, Caracas. Así mismo, se ordena la cesación de las medidas restrictivas de libertad a que estuvo sujeto el acusado de autos.
Diarícese, Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencia de este Juzgado, a los dos días del mes de Mar.....