En este estado, este Tribunal observa que la presente transacción no vulnera derechos irrenunciables de EL TRABAJADOR ni va en contra de normas de orden público, razón por la cual la HOMOLOGA en los términos expuestos, dándole efectos de COSA JUZGADA. Finalmente se deja expresa constancia que una vez conste en autos el pago efectivo de dicho monto se procederá por auto separado a dar por terminado el presente expediente.