La REPOSICION de la causa al estado de que se notifique al demandado Instituto Metropolitano de urbanismo Taller Caracas, en la persona de uno cualesquiera de los ciudadano JOSE MIGUEL MENENDEZ, en su carácter de PRESIDENTE y/o FABIOLA MENDOZA en su carácter de Directora de Finanzas, a fin de que comparezca ante los Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, para la celebración de la audiencia preliminar, toda vez que no consta en autos su notificación.
Se declara la nulidad de las actuaciones subsiguientes al acto irrito, esto es la certificación a la secretaria de fecha 03 de octubre de 2007, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil aplicado por analogía conforme al 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.