V
DISPOSITIVO
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 09 de agosto de 2005, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas (siendo hoy, Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas).
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por Banco Industrial de Venezuela, C.A., en contra de la sociedad mercantil Soldaduras y Construcciones Guanipa, C.A., y del ciudadano Euclides Rafael Renaut Salazar. En consecuencia deberán pagar a la parte actora las siguientes cantidades:
1. SEISCIENTOS UN MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 601.418.088,83), siendo ho.....