DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumado de pleno derecho la PERENCIÓN y, en consecuencia, se ha EXTINGUIDO LA INSTANCIA en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por Eduardo Sánchez Márquez, contra la Providencia Administrativa Nº Nº 00166-17 de fecha 13.07.2017, dictado por la Inspectoría del Trabajo sede Capital Norte. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte ACCIONANTE, a fin de que una vez que conste en autos la resulta de la misma, comiencen a correr los lapsos para los recursos legales pertinentes. TERCERO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.