IV-
DECISIÓN
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES incoara el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES CINEMATOGRÁFICOS, RADIODIFUSORAS, TELEVISORAS Y SUS SIMILARES DEL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA (SUTACIRTEL) contra la sociedad mercantil CORPORACIÓN PROKOMPRA 2020, C.A., ampliamente identificados al inicio, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 19 de septiembre de 2006, por el abogado ARIEL BASTARDO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil CORPORACIÓN PROKOMPRA 2020, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la .....