Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano MANUEL GREGORIO MARCANO SALAZAR, asistido por el abogado Juan Carlos Leal, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS (INEA).
SEGUNDO: Se ORDENA al Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA), reincorporar al querellante al cargo de Gerente Adjunto, o a otro de igual jerarquía y remuneración con el pago de los sueldos dejados de percibir desde el 21 de marzo de 2011 hasta su efectiva reincorporación, los cuales deberán ser cancelados de manera integral, esto es, con las variaciones que en el tiempo transcurrido haya experimentado el sueldo asignado a ese cargo.
TERCERO: Se ordena la realización de una EXPERTICIA COMPLEMENTARIA.....