En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: TEMPESTIVA la ampliación propuesta por la ciudadana Miriam Del Carmen López Heredia –antes identificada- de la Sentencia Definitiva dictada por este Tribunal en fecha 29 de septiembre de 2016.
SEGUNDO: PROCEDENTE la solicitud de ampliación propuesta, y en consecuencia, se insta a la Administración a revisar bajo sus potestades discrecionales, los antecedentes de la querellante en la administración pública, para que en caso de considerarlo pertinente le otorgue el beneficio de jubilación especial.
TERCERO: SE ADVIERTE, que el lapso para proponer el recurso de apelación tanto de la sentencia definitiva dictada por este Juzgado en fecha 29 de septiembre de 2016, así como del presente fallo, comenzará a transcurrir a partir del primer (1er) día de despacho siguien.....