Por los razonamientos expuestos este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la consulta ordenada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 10 de octubre de 2022 y su aclaratoria del 25 del mismo mes y año. En consecuencia, se ordena al tribunal de cognición proseguir con la etapa plenaria y una vez sea declarada la interdicción definitiva, de ser el caso, realice lo conducente de conformidad con lo preceptuado en el artículo 736 del Código de Procedimiento Civil, remitiendo el referido fallo a esta superioridad, con el fin de realizar la respectiva consulta.
No ha lugar a costas, por ser la presente causa materia del estado civil y capacidad de las p.....