En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN suscrita por las partes con ocasión del juicio que por COBRO DE BOLIVARES, sigue la sociedad mercantil BANCO MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL, contra la Sociedad Mercantil MAQUINARIAS ACO, C.A. todos identificados en autos. En consecuencia, de conformidad con las previsiones del artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, téngase la referida transacción como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.