Primero: Declarar sin lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial (Retiro) interpuesto conjuntamente con Medida de Amparo Constitucional Cautelar y subsidiariamente con Medida Cautelar Nominada de Suspensión de Efectos, interpuesto por los Profesionales del Derecho ciudadanos Salomón Plaza Ramírez y Olymar Zurita, actuando en su condición de coapoderados judiciales de la ciudadana Gisela Antonia Rivero Bernal, ut supra identificados, contra el Consejo Legislativo del Estado Bolivariano de Miranda, con fundamento en las razones expuestas en la motiva del presente fallo.
Segundo: Por cuanto la presente decisión se dicta dentro del lapso de Ley resulta inoficioso practicar la notificación de las partes. Asimismo, y en acatamiento a lo establecido en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Compet.....