V
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 31 de julio de 2002 por la apoderada judicial de la parte demandada, sociedad mercantil SERVICIOS DE VEHÍCULOS Y ESTACIONAMIENTOS GRANADILLO C.A., contra la decisión dictada en fecha 19 de junio de 2002, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se declara nula.
SEGUNDO: SIN LUGAR la oposición formulada por la accionante en contra de la demanda que por estimación e intimación de honorarios profesionales sigue en su contra la abogada CARMEN SÁNCHEZ de BOLÍ.....