declara CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto por la empresa CERAMICA CARABOBO, C.A., contra las Resoluciones Culminatorias del Sumario Administrativos, signadas con los Nos. HRCF-SA-001 y HRCF-SA-002, ambas del 20 de enero de 1987, emanadas de la extinta Dirección de Control Fiscal del Ministerio de Hacienda y las Planillas de Liquidación Nos. 10-10-1-01-01-65-02; 10-10-1-01-65-02; 10-10-2-01-65-02; 10-10-2-01-65-02 y 10-10-1-01-65-01, por montos respectivos de Bs. 316.483,28 (BsF.316,49); Bs. 152.380,84 (BsF. 152,39); Bs. 28.086,90 (Bs.F 28,09); Bs. 15.238,08 (Bs.F 15,23) y Bs. 26.368,19(Bs.F 26,37), expedidas por la también extinta Administración Regional de Hacienda. Región Capital del Ministerio de Hacienda; y, en virtud de la presente decisión sin efecto legal alguno.
Se condena en costas procesales a la Administración Tributaria, en un uno por ciento (1%) del monto controvertido, a tenor de lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario.