Ahora bien, tomando en consideración los motivos antes esgrimidos y actuando éste Juzgado en perfecta armonía con lo dispuesto tanto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela en fecha 06 de Mayo de 2011, bajo el Nº 39.668, como en la decisión dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 1ro de Noviembre de 2011, en el Expediente signado con el Nº 2011-000146, con ponencia conjunta de los Magistrados y Magistrados que conforman dicha sala, es por lo que en consecuencia, ordena lo siguiente:
PRIMERO: Se ordena la consecución del presente juicio, en su fase de ejecución, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 13 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela en fec.....