En consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora y de sus apoderados judiciales a la audiencia preliminar fijada para el día de hoy en el presente proceso, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta seguidamente el dispositivo del fallo de la manera siguiente:
SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA ACCIÓN INCOADA por YENIS JUDITH PALLARES GONZALEZ, venezolana, de este domicilio y titular del pasaporte Nº CC1041891116, representada judicialmente por la ciudadana ANASTACIA RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 88.222, en contra de la demandada JOSE ENRIQUE ROMANO, titular de la cédula de identidad 5.001.937, por la inasistencia de la parte dem.....