IV.- DISPOSITIVA.-
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: Se concede EFICACIA EN SU TOTALIDAD Y FUERZA EJECUTORIA en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de fecha 25.06.1999, emanada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 DE ORENSE, REINO DE ESPAÑA en fecha 27.10.2015 y su aclaratoria de fecha 02 de diciembre de 2015, mediante la cual declaró el divorcio por mutuo acuerdo celebrado entre los ciudadanos ANDREA PATRICIA OLIVIER NUÑEZ y FRANCISCO JAVIER LOPEZ PEREIRO, ambos identificados en autos.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del .....