En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil INVERSIONES HOMDECOL, C.A., contra la Resolución de Imposición de Sanción GRTI/CE/DF/1045/2008-00145, de fecha 18 de junio de 2008, emanada de la División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital, mediante la cual se imponen multas a la recurrente por la suma de VEINTIUN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 21.275,00), con fundamento en el Segundo Aparte del Artículo 101 y en el Segundo Aparte del Artículo 102 del Código Orgánico Tributario, por incurrir en los ilícitos formales que instituyen el numeral 4 del Artículo 101 y el numeral 2 del Artículo 102 eiusdem, en materia de Impuesto al Valor Agregado, para los períodos de imposición enero, febr.....