Este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado DAMASO VERA inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 101.288, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha veinticuatro (24) de Mayo de dos mil once (2011), por el Juzgado Trigésimo (30°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE ORDENA al Juzgado Trigésimo (30°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la elaboración de un nuevo cartel de notificación a la demandada en la dirección que conste en auto o que se indicada por .....