Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por el Abogado ALEXIS FEBRES I.P.S.A. Nro 17.069, en su carácter de apoderado judicial de las parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 06-06-2016, por el Juzgado 42° de Primera Instancia de Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: Se Confirma el fallo apelado. TERCERO: No habiendo condenatoria en costas. ASÍ SE ESTABLECE.-