este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara inadmisible la demanda incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES ALVAMART, C.A. contra las sociedades mercantiles C.A. EDOVAL e INMOBILIARIA CENTROLIDER, C.A. por Retracto Legal Arrendaticio, por cuanto la misma es contraria a la ley al invocar como norma de aplicación para el juicio el texto de la ley de arrendamientos inmobiliarios y dado que la demanda versa sobre un terreno no edificado, como se desprende de la lectura de los contratos anexos al escrito libelar, motivo por el cual se considera que se encuentra dentro de las exclusiones previstas en el artículo 3 del Decreto con Fuerza y Rango de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, en su literal