SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARIA GUTIERREZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en contra del auto de fecha tres (03) de julio de 2008 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas.
Se CONFIRMA el auto recurrido, pero con otra motivación.
Se condena en costas a la parte actora del presente recurrente, de conformidad con lo previsto en el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.