Por las razones que anteceden, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1. Declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Amalio Graterol, en su condición de defensor del acusado Gómez Alex Argenis, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia en funciones de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal, cuyo texto integro fue publicado el 29 de junio del año 2009.
2) Se declara la nulidad absoluta de la sentencia impugnada.
3) Ordena la celebración de un nuevo juicio oral y público ante un Juez de Juicio distinto al que pronunció el fallo hoy anulado, conforme a lo previsto en el encabezamiento del artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.
4) Se ordena la inmediata libertad del acusado Gómez Alex Argenis.