Por los razonamientos explanados, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de aclaratoria de la sentencia proferida por este tribunal en fecha 27 de febrero de 2009, peticionada por la abogada AIZA MERCEDES ROJAS C., inscrita en el Inpreabogado con el Nº 44.288, actuando en su condición de apoderada judicial de la demandante ciudadana TERESA MARÍA OSORIO OCANDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.771.365.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación. En la ciudad de Caracas, a los dos (02) días del.....