D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al Mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 437, 447 numerales 1° y 5°, 448 y 450, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE el Recurso de APELACIÓN DE AUTO, interpuesto en fecha 08 de agosto de 2012, por la Abogada, MARIA EVELINA LILIANA ARBOCCÒ, en su carácter de Defensora del ciudadano: JUAN JOSE CAMMARANO, en contra de la Decisión dictada por la Juez Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo del Abg. AURA GONZALEZ, en fecha 01 de Agosto de 2012, mediante la cual Negó la entrega de Vehículo, en consecuencia esta Alzada resolverá sobre la procedencia de la cuesti.....