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Decisiones del dia 02/11/2007 |
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N° Expediente :
747.-04
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N° Sentencia :
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Fecha: 02/11/2007 |
Procedimiento: Sobreseimiento Definitivo Art. 568 Lopna |
Partes: FISCAL 112º DEL MINISTERIO PÚBLICO SECCIÓN ADOLESCENTE. DEFENSORA PÚBLICA 12º ADOLESCENTE. ADOLESCENTE (IDENTIDAD OMITIDA). |
Resumen:
DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Octavo de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el respectivo pronunciamiento: Se Decreta SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa distinguida con el Nro. 747-04, de conformidad con lo previsto en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, relativo al Adolescente Identidad Omitida.
Al quedar definitivamente firme la presente decisión, remítase a la Oficina de Archivos Judiciales para su archivo y cuido.
Regístrese, publíquese, diarícese, y déjese copia de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este Tribunal, el día 02 de mes de Noviembre de 2007.
EL JUEZ
DR. JOSÉ MARIA GALINDEZ KINGSLEY
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Juez/Ponente:
Jose Galindez
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Organo:
Tribunal Octavo de Control L.O.P.N.A.
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N° Expediente :
25007
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N° Sentencia :
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Fecha: 02/11/2007 |
Procedimiento: Rectificación De Acta De Matrimonio |
Partes: JUAN CARLOS PEÑA HURTADO |
Resumen:
Es por lo que este Tribunal a fin de subsanar los errores cometidos en la sentencia supra indicada, en su dispositiva, pasa a dejar constancia expresa de lo siguiente: EN DONDE SE LEE: "...RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO", DEBE LEERSE: "...RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO...",, EN DONDE SE LEE: "...DONDE SE LEE: "...identificado con la cédula de identidad No. 6.223.493...", DEBE LEERSE: "...identificado con la cédula de identidad No. 6223.943..."...", DEBE LEERSE: "...DONDE SE LEE: "...identificado con la cédula de identidad No. 6.223.493...", DEBE LEERSE: "...identificado con la cédula de identidad No. 6233.943..."...". Asimismo, se a los fines que se corrija el Acta de Matrimonio del Solicitante, que corre Inserta en la Oficina de Registro Publico del Distrito Capital, por cuanto en la misma se indicó de manera incorrecta el número de cédula del solicitante, este Juzgado pasa a dejar constancia expresa de lo siguiente: DONDE SE LEE: "...C.I. V-6223943...", DEBE LEERSE: "...C......
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Juez/Ponente:
Elizabeth Breto Gonzalez
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Organo:
Juzgado Undecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
44898
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N° Sentencia :
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Fecha: 02/11/2007 |
Procedimiento: Rectificación De Acta De Matrimonio |
Partes: JUAN CARLOS DE ABREU POLEO Y BEATRIZ DEL MILAGRO DI CESARE LOPESIERRA |
Resumen:
Se declara CON LUGAR la solicitud de rectificación de acta de matrimonio de los ciudadanos: Juan Carlos De Abreu Poleo y Beatriz del Milagro Di Cesare Lopesierra, la cual corre inserta en el libro de Registro Civil del Municipio Autónomo Chacao del estado Miranda, acta Nro 233, folio 233, del Año 1.990, en consecuencia, evidenciado los errores materiales, ordena corregir los errores denunciados, en donde dice: "...Ana Pole...", debe decir "Ana Poleo"; asimismo donde se expresa "Lopesiera", debe decir "Lopesierra", y finalmente donde se señala "veintiún (21)", debe decir "Veintidós (22)".- En consecuencia, ordena oficiar lo conducente a la Registro Principal del estado Miranda y al Jefe Civil del Municipio Chaco del estado Miranda, a los fines de estampar la nota marginal a que se contrae el artículo 502 del Código Civil, librándose para ello los respectivos oficios
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Juez/Ponente:
María Rosa Martínez
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Organo:
Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
AP21-S-2007-002087
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N° Sentencia :
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Fecha: 02/11/2007 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: PARTE OFERENTE: CAFÉ COMERCIAL LAS AMÉRICAS C.A., Y PARTE OFERIDA: RENEE FERMÍN HERRERA, CÉDULA DE IDENTIDAD N°14.745.404. |
Resumen:
En consecuencia, este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia Sustanciación Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, administrado Justicia y por autoridad de la Ley, declara: por cuanto la Transacción celebrada entre las partes ut supra indicadas, no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3° de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con el artículo 89 numeral 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela le imparte su HOMOLOGACION, DÁNDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA,
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Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
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Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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