En mérito de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano SUBERO RAMOS ALFONSO ALFREDO, titular de la cédula de identidad Nro. 6.010.537, asistido por el abogado Rene Alejandro Hernández Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 103.187, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPORTE TERRESTRE Y OBRAS PÚBLICAS.
Se EXHORTA al referido Ministerio a que revise y ajuste la pensión de jubilación del ciudadano Alfonso Alfredo Subero Ramos.
Se ordena notificar al ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de la publicación de la presente sentencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y una vez cons.....