En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este juzgado Sexto (6ª) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del ´`Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha nueve (09) de junio de dos mil veintidós (2022), por los ciudadanos JOSE VERGINE y ALEYDA MÉNDEZ DE GUZMÁN, inscritos en el Instituto de presión Social del Abogado con los Nros. 59.135 y 11243, respectivamente, apoderdaos judiciales del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), hoy, INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN SOCIALISTA (INCES), contra la sentencia proferida en fecha dieciocho (18) de mayo de dos mil veintidós (2022), por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Mteropolitana de Caracas; SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de nulidad de acto admini.....