Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano PEDRO LUIS VASQUEZ LOPEZ, contra la empresa RESTAURANT CASA VASCA, C.A., ambas partes plenamente identificada ut supra.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos: vacaciones vencidas no disfrutadas y bono vacacional vencido no cancelado de los períodos: 2004-2005; 2005-2006 y 2006-2007; la diferencia en el pago de los períodos vacacionales 2007-2008 y 2008-2009; horas extraordinarias diurnas y nocturnas; prestación de antigüedad conforme al artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo; indemnización por despido injustificado e indemnización sustitutiva del preaviso conforme al artículo 125 de la Ley Orgánica.....