Este Juzgado Primero de Primera instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Únicos y Universales Herederos de la causante Ana Cristina Bracamonte: A los ciudadanos Yexander Gregorio Carrasco Bracamonte, Yetzenia Cristina Bracamonte, Yelitza Beatriz Coronel Bracamonte, Yenireth Carolina Bracamonte Bracamonte, al adolescente y al niño (Identidad Omitida en concordancia art. 65 L.O.P.N.N.A.), ya identificados quienes como tales concurrirán a la herencia dejada por la de cujus, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.