Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación incoado por el abogado LEONEL ENRIQUE ROSELLON LEÓN, actuando en su propio nombre y representación como parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 03 de agosto del 2016. SEGUNDO: SE CONFIRMA, el fallo apelado en todas y cada una de sus partes, dictado por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 03 de agosto del 2016; en consecuencia, se declara INADMISIBLE la demanda de Intimación de Ho.....