DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación propuesto por REINALDO ISEA CHIRINOS, Abogado inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el número 69.679, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano ESPAÑA PICO ALEXANDER JOSÉ.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Juez IGLEDYS CHARINGA, el 10 de diciembre de 2014, en la cual decretó la Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en los artículos 5 y 6.....