Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 17 de febrero del 2017 por la abogada MAGALY ALBERTI, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandada; ANA PERÉZ LEÓN Y ASOCIADOS CONSULTORES GERENCIALES, C.A, contra la sentencia dictada el 08 de diciembre de 2016 por el Juzgado Vigésimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de desalojo intentada por VENCRED, S.A., contra ANA PERÉZ LEÓN Y ASOCIADOS CONSULTORES GERENCIALES, C.A., ambas partes identificadas en el encabezado del presente fallo.
Queda REVOCADA la sentencia recurrida.
Se condena en costas a la parte .....