En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Estadal Sexto Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN presentada por la partes en la Demanda de contenido patrimonial interpuesta por la abogada Mariela del Carmen Sánchez Martínez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 85.482, actuando en su carácter de apoderada judicial de la FUNDACIÓN DE EDIFICACIONES Y DOTACIONES EDUCATIVAS (FEDE), contra la sociedad mercantil "ZUMA SEGUROS, C.A.", representada judicialmente por la abogada Elsa Robaina Certad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 84.037, en consecuencia se ordena el archivo del expediente.