Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
- IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada de suspensión de los efectos solicitada por la ciudadana BRAULIA ELIZABETH CORREDOR HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.834.750, debidamente asistida por el abogado Eliceo Reinaldo Olivier, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 95.815 contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ a través del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS (C.I.C.P.C.), el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ, en virtud del acto administrativo contenido en la Resolución DGORRHH-CAL Nº 008261 de fecha 06 de noviembre de 2013, emanado de la Direcci.....