Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: i) SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido el 9 de abril de 2014, por el abogado JOSE VARELA, en su carácter de apoderado judicial de la co-demandada, BAR RESTAURANT EL QUE BIEN, C.A., y ii) SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido el 23 de enero de 2015, por el abogado RAMÓN SOLORZANO, en su carácter de apoderado judicial de la parte co-demandada, BISUTERIAS MISS FACTORY 21, C.A., contra la decisión dictada el 21 de mayo del 2014, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN formulada por la representación judicial de la p.....